Las recetas tienen que tener fecha…
27-05-08
Acabo de leer esta noticia en el Canarias 7 y que me quedado francamente sorprendido por su inexactitud. Es verdad que el día 18 de Abril se publicó en el BOC una resolución que en su momento ya expliqué aquí, sin embargo, o el Canarias 7, tienen una información que ni el propio Colegio Oficial de Farmacéuticos de Las Palmas dispone, o el Canarias7 se ha pegado un buen patinazo, ¿Por qué digo esto? Porque en todas las reuniones que el COLFP ha mantenido con Sanidad y en todas las reuniones que Sanidad ha mantenido con los farmacéuticos, jamás, jamás se habló de la fecha del 1 de Enero. Es más, siempre se hablo de un plazo de “convivencia” que comprendía los meses de mayo y junio. Ahora mismo, antes de escribir este post, el COFLP me ha desmentido la posición del Canarias7, dando por válida la posición mantenida siempre por Sanidad delante del COFLP
Actualización: cuando en este post le hice un link a la noticia del canarias7, la noticia en cuestión ponía como fecha el 1 de enero. Es más, en los comentarios de la noticia, aparece un comentario mío firmado como ovidiov, es más si os fijáis bien, la noticia aparece que ha sido editada por la tarde. Curioso…
Las recetas con fecha: sí o sí
02-05-08
El pasado día 18 de abril se publicaba en el Boletin Oficial de Canarias, una resolución con las instrucciones para la unificación de criterios relativos a la emisión de las recetas médicas oficiales y su facturación con cargo al Servicio Canario de la Salud, siendo uno de los aspecotos de mayor transcendencia para los médicos, farmacias y pacientes, la obligación de que las recetas tengan la fecha de prescripción o la fecha de prescripción y dispensación.
¿Es esto nuevo? Bajo mi punto de vista, la resolución no dice nada nuevo, en relación a la legalidad vigente hasta ese momento, sin embargo, si que cambia, y mucho, el día a día de los centros de salud, de las farmacias y de los pacientes.
¿por qué? porque hasta ahora, como responde D.Vicente Olmo Director General de Farmacia en Fefarcam:
“Hasta ahora ha sido común encontrarnos con que la receta sale del centro de salud sin que se identifiquen los datos del paciente, siendo el farmacéutico quien rellena esos datos. Las recetas son como talones bancarios que en vez de dinero dan medicamentos, esa receta debería estar rellena desde los centros de salud, es verdad que para evitar que el paciente no tenga que volver al centro, lo hace el farmacéutico, pero eso no significa que sea legal. También es cierto que tenemos que poner en los centros de salud los mecanismos para que saliera de forma automática”.
La verdad es que situación no la podría haber descrito mejor.
A día de hoy, seguimos con la mano abierta en relación a las fechas, ya que D. Vicente Olmo, ha dado dos meses de plazo, para que esas recetas que ya fueron dispensadas por los médicos no pierdan su validez.
¿ Y qué están haciendo los médicos al respecto? Sinceramente, hay de todo. Nosotros desde el lunes 21 hemos ido informando a los pacientes y a los médicos-clientes de la farmacia, y a día de hoy, si que existe un volumen muy importante de recetas informatizadas que vienen con la fecha impresa. Otro cantar es el de la receta hecha a mano, donde la presencia de fecha es mucho más escasa.
Por eso, desde aquí, y sin saber con exactitud la fecha a partir de la cual, si o si, las recetas tienen que tener receta, si usted va al médico, fíjese que le ponga la fecha en la receta, porque si el plazo ha acabado, me veré obligado a pedirle que vaya otra vez al médico para que le ponga la fecha. Momento este en el que perdemos todos.
Píldora del día depués
25-04-08
No es la primera vez que escribo sobre este tipo de pastillas, pero sí que creo que es la primera vez que hablaré sobre su mecanismo de acción, es decir, lo que hace la pastilla para impedir, que la mujer sufra un embarazo.
Pero antes de analizar su mecanismo de acción, me gustaría resaltar un par de puntos:
- Es una pastilla que sólo debe utilizarse en casos de urgencia, y una vez confirmado que no haya embarazo.
- La pastilla del día después sólo es efectiva si se utiliza en las 72 horas siguientes a la práctica de riesgo.
- La pastilla del día después, pese a no ser financiada por la Seguridad Social, siempre será dispensada con una receta médica.
La función de la pastilla del día después, es la de inhibir la ovulación, pero depende mucho del momento en que se encuentre:
- Si no ha existido la ovulación, la bloquea y evita su liberación del óvulo
- Si se ingiere después de la ovulación, la pastilla del día después impide la fecundación
- Si ha existido fecundación, la pildora del día después es capaz de evitar dificultar la implantación del óvulo fecundado en la pared uterina
Partiendo del hecho, que considero que la vida del nuevo ser, comienza en el momento de la fecundación, al tomarse la píldora, uno podría estar sometiéndose a un aborto.
Este post, no es acerca, de si es moral o no, estas patillas, no nos confundamos, mi punto de vista, y lo que quiero resaltar, es que creo que ninguna de las clientas de nuestra farmacia, es consciente, en el momento que la compra, que podría estar sometíendose a un aborto, y ese desconocimiento de la realidad de la pastilla, es la que me ha hecho escribir este post, para que todos reflexionemos un poco, sobre lo que realmente puede significar tomarse la pildora del día después.
Vía El Mundo.
Sintiéndolo mucho, tenemos que comunicar a todos nuestros clientes, que debido a un cambio en la normativa, que se ha publicado este último viernes en el Boletín Oficial de Canarias , por la cual todas las recetas que sean dispensadas en las oficina de farmacias de Canarias, tendrán que tener al menos la fecha de prescripción, ya que, la misma norma dice, que cuando una receta, presente sólo una fecha, se entenderá que la fecha de prescripción y dispensación será la misma. No obstante, cuando el médico prescriba un tratamiento, y no quiere, que este sea retirado por los pacientes de la farmacia, deberá poner una fecha de prescripción y otra fecha de dispensación…
¿Quién sale perdiendo con estos cambios? Sin lugar a dudas, ustedes, los pacientes o los clientes, ya que la norma lo dice, claro, cualquier receta que no tenga fecha de prescripción no será financiable…debido a esta norma, nosotros nos vemos obligados, muy a nuestro pesar, a pedirle que acuda otra vez a su médico, para qué este, rellene todos los datos necesarios para su prescripción.
Nosotros como farmacia, siempre tenemos como objetivo que ustedes, nuestros clientes, salgan lo más satisfechos posible de nuestra farmacia, siendo por ello, que nos esforzamos en hacer todo lo que esté a nuestro alcance, cumpliendo la legalidad vigente, por lo que nos encontramos en una posición muy incómoda para nosotros, y donde lo único que les podemos decir, es: LO SENTIMOS MUCHO, PERO LAS RECETAS DEBEN TENER FECHA.




